Las auditorias de fundaciones y asociaciones pueden ser de forma obligatoria, por ley, o voluntaria, de cara a mejorar la imagen pública.
Auditoria Obligatoria:
1- Para todas las fundaciones de competencia estatal, existe obligación de auditar las Cuentas Anuales de una Fundación o Entidad no lucrativa análoga, si cumplen dos de los siguientes 3 requisitos durante dos ejercicios consecutivos (Ley 50/2002 de Fundaciones, artículo 25):
· El total de las partidas del activo supera los 2.400.000 euros.
· El importe neto de su volumen anual de ingresos por la actividad propia más, en su caso, el de la cifra de negocios de su actividad mercantil, es superior a 2.400.000 euros.
· El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio es superior a 50.
Las fundaciones de competencia autonómica, pueden tener otros límites establecidos en la ley de fundaciones de la Comunidad Autónoma de que se trate.
2- También existe obligación de auditar, aquellas que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000 euros.
O cuando durante un ejercicio económico se hubiesen realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las Administraciones Públicas por el importe anterior y este importe suponga más del 50% de la cifra de negocios.
Auditoria Voluntaria:
Existen distintas razones por la que una fundación decida auditar sus cuentas de forma voluntaria, os enumeramos algunas:
· Como consecuencia de un contrato con terceros, administraciones públicas, entidades financieras u otros organismos.
· Cuando los Patronos quieran justificar una correcta gestión
· Reflejar una imagen de seriedad y calidad frente a terceros.
La auditoría puede ser también un requisito fijado estatutariamente o realizarse voluntariamente si así lo requieren sus patronos o miembros de la fundación.
Te ayudamos en el asesoramiento de asociaciones o fundaciones, o realizar otro tipo de consulta, infórmenos de sus necesidades a través del teléfono 659 93 80 10 o del email lcarrillo@asesoriaong.com