Con el comienzo del año, muchas asociaciones, ONG, fundaciones y, en definitiva, multitud de entidades sin ánimo de lucro, se plantean cuáles son sus obligaciones fiscales respecto a impuestos como el de Sociedades, IVA, y otras declaraciones y resúmenes anuales.
La falta de cultura tributaria puede llevar a todas estas entidades a contraer problemas con el fisco y, por consiguiente, afrontar las consecuentes sanciones administrativas.
Desde Asesoría Moon, como asesoría de asociaciones y expertos asesores de fundaciones, vamos a dedicar este artículo a las obligaciones de las entidades sin ánimo de lucro para con el Impuesto de Sociedades (IS).
Desde el año 2014, este impuesto ha sufrido una serie de cambios con respecto a las asociaciones sin ánimo de lucro. Estos afectan primordialmente a las obligaciones que tendrán que afrontar este tipo de entidades.
Con la Ley 27/2014, y la posterior corrección enmarcada en el Real Decreto-Ley 1/2015, las entidades como asociaciones y entidades no lucrativas se verán obligadas a presentar este impuesto y a declarar todas sus rentas, tanto exentas, como no exentas.
De esta forma, desde el 1 de enero de 2016, las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a presentar el Impuesto de Sociedades.
Las entidades acogidasa la Ley 49/2002 tienen la obligación de presentarlo en cualquier caso y las entidades parcialmente exentas están obligadas excepto aquellasque cumplan los siguientes requisitos:
1. Que los ingresos en el periodo impositivo no excedan de los 75.000 €.
2. Que los ingresos de rentas no exentas no superen los 2.000 €.
3. Que dichos ingresos por rentas no exentas, estén sometidos a retención o ingreso a cuenta.
En Moon Economistas, (asesoriaong.com) somos expertos en asesoramiento a ONGs, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro en general. Ubicados en Madrid, prestamos nuestro servicio en toda España. ¡Ponte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda!